El presidente Daniel Noboa oficializó la renovación del estado de excepción para combatir frontalmente la criminalidad en las zonas más conflictivas del país. Las localidades que se mantienen bajo esta estricta medida y que anteceden la aplicación del toque de queda son las provincias de Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas y Sucumbíos. Además, esta disposición presidencial incluye cantones específicos, como La Maná en la provincia de Cotopaxi, y Las Naves y Echeandía en la provincia de Bolívar. El objetivo principal de mantener este decreto vigente es recuperar la paz social mediante la intervención directa de las fuerzas del orden en territorios vulnerables.
Esta disposición excepcional consiste esencialmente en la suspensión temporal de ciertos derechos constitucionales para facilitar el despliegue militar y policial en el territorio, un marco legal necesario para cualquier toque de queda. La medida fue decretada debido a la persistencia de la grave conmoción interna generada por los grupos de delincuencia organizada que operan a nivel nacional. Los diversos informes de inteligencia gubernamental advirtieron que la ola de violencia no ha sido contenida en su totalidad, justificando la urgente necesidad de mantener el asedio táctico. Para el Gobierno Nacional, levantar las restricciones de manera prematura habría significado un doloroso retroceso en la recuperación del control territorial y la seguridad ciudadana.
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Las Fuerzas Armadas intensifican operaciones tácticas y de control en zonas críticas del país para asegurar el cumplimiento del toque de queda contra la criminalidad.
Argumentos del decreto y parámetros constitucionales
Los argumentos principales citados textualmente en el documento presidencial destacan la comprobada insuficiencia del régimen ordinario para enfrentar las graves amenazas terroristas, escenario que motiva el toque de queda. Por ello, las contemplaciones principales del estado de excepción incluyen la suspensión del derecho a la inviolabilidad de domicilio y del derecho a la inviolabilidad de correspondencia de los ciudadanos. Esto permite a los uniformados de las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional realizar allanamientos e inspecciones exhaustivas sin requerir una orden judicial previa. Estas herramientas legales son consideradas absolutamente fundamentales para desarticular guaridas clandestinas, incautar armamento pesado y lograr capturar a líderes delictivos.
El decreto oficial de renovación especifica detalladamente que la vigencia de este estado de excepción, que sirve de base para el toque de queda, se extiende por 30 días adicionales ininterrumpidos. Durante todo este tiempo de prórroga, los militares mantendrán el resguardo continuo de las vías estratégicas, las fronteras nacionales y los centros de operaciones clandestinos de la minería ilegal. El texto presidencial subraya enfáticamente que la alarmante persistencia de ataques armados, extorsiones a comerciantes y asesinatos múltiples demuestra que las organizaciones criminales aún mantienen una considerable capacidad de fuego.
